En relación con el otorgamiento del Premio Luis Caballero, en su versión 2020, el Instituto Distrital de las Artes - Idartes informa:
El Idartes rechaza toda forma de violencia, incluida aquella sustentada en razones de género o realizada en contra las mujeres. Nuestro compromiso no es otro diferente que proteger y garantizar los derechos a la ciudadanía desde nuestra misionalidad, en particular el derecho a una vida libre de violencias para las mujeres, esto implica la acción contundente en la implementación del enfoque de género y diferencial en consonancia con el Plan de Desarrollo 2020 - 2024: Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para el Siglo XXI, que determina la forma como la administración comprende y atiende las realidades de quienes habitan el Distrito Capital y su región, en el entendido de la promoción de la igualdad de género y el goce efectivo de los derechos, entre estos, el derecho de las mujeres a una vida libre de violencias.
Ahora, con respecto al otorgamiento por parte de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C a través del Instituto Distrital de las Artes del premio Luis Caballero en su versión 2020 al artista Edwin Mauricio Sánchez Parada, este responde a la normatividad establecida en todos sus aspectos. A través de la Resolución 1523 del 11 de septiembre de 2019 y la Resolución 224 del 10 de marzo de 2020, se seleccionaron como jurados de la convocatoria X Premio Luis Caballero - Fase de Premiación a los expertos Carolina Ponce de León Nieto, Santiago Rueda Fajardo y Juan David Laserna Montoya, quienes evaluaron las propuestas recibidas de acuerdo con los criterios definidos en las condiciones específicas de la convocatoria.
Fue así, como mediante acta del 29 de mayo de 2020, el jurado recomendó seleccionar como ganador a Edwin Mauricio Sánchez Parada, quien se inscribió a la convocatoria con su propuesta Torcido. La recomendación fue acogida mediante la Resolución 569 del 9 de julio de 2020, otorgando un estímulo económico como ganador de la Convocatoria X Premios Luis Caballero - Fase de Premiación por valor de cuarenta y cinco millones de pesos ($45.000.000 oo.).
Vale la pena informar que en el acta de recomendación de la Obra ganadora del X Premio Luis Caballero – Fase Premiación, los jurados destacaron, de acuerdo con los criterios de evaluación de la convocatoria, la pertinencia de la propuesta en relación con el espacio o el entorno intervenido: “Por la investigación que comprende lugares próximos y contextos: los grandes proyectos urbanísticos, la gentrificación, que hoy en día va de la mano de la vida del arte, la explotación laboral y sexual, el tráfico de drogas y la violencia, la escenificación del deseo, el delito, de los que ha sido testigo el artista, quien logra exhibir estos estratos, mostrando cómo y dónde colisionan y colindan. Además, asociar el barrio Santa Fe con la Galería Santa Fe y su historia, señala una dislocación de narrativas de un espacio popular (la plaza de mercado) por una edificación cultural que seguramente con el tiempo transformará las dinámicas sociales y económicas del entorno urbano”.
En este sentido, el Idartes recalca que sus actuaciones institucionales en relación con el otorgamiento del premio se circuncriben al cumplimiento del trámite de la convocatoria y por supuesto de la Ley y en tal sentido debe desligar el curso oficial e idóneo que acompañó el otorgamiento del mencionado estímulo, de los acontecimientos posteriores que puedan o no afectar el nombre del ganador y que en estricto sentido no deslegitiman la convocatoria y su resultado.
Es importante anotar, que para el 29 de mayo de 2020, fecha en la que el jurado recomendó seleccionar como ganador a Edwin Mauricio Sánchez Parada, los hechos no habían ocurrido, y más aun, para el 9 de julio de 2020 fecha en la que la entidad acoge la recomendación, la entidad no tenía conocimiento de los mismos y por ello, no solo nos ceñimos a los términos de la convocatoria, sino que nuestras decisiones están siempre amparadas por el principio constitucional de la buena fe que siempre acatamos en todas nuestras actuaciones.
Por otro lado, se activó la ruta de acción institucional para estos casos solicitando acompañamiento a través de la Secretaría Jurídica Distrital y la Secretaría de la Mujer para ofrecer el acceso a las medidas de protección y restitución de derechos a las que haya lugar dentro del marco de cada una de las misionalidades. Reiteramos la necesidad de salvaguardar la identidad de la persona afectada tomando como premisa la protección de sus derechos fundamentales y su solicitud en la que expresa su información sea tratada con reserva.
En todos los casos, esta entidad garantiza el cumplimiento del debido proceso constitucional y entiende que quienes estén involucrados y se comprueben responsables de los hechos, deberán cumplir las órdenes que imparta la administración de justicia. Finalmente reiteramos que todas las actuaciones adelantadas por el IDARTES se efectuaron de buena fé y en el marco de la convocatoria.