La censura que suma: «Mujeres ocultas» + Voto Católico Colombia

La censura hace parte de las obras que censura, al conjunto de piezas que componen la exposición Mujeres ocultas de la artista María Eugenia Trujillo, se suman dos nuevas obras. Gracias a la contingencia de la censura, un par de piezas se añade a la composición general de esta muestra programada para ser expuesta en el Museo Santa Clara de Bogotá (un antiguo espacio de culto desacralizado en 1968 y luego consagrado al estudio e interpretación de los símbolos religiosos y su lectura como signos bajo la libertad que garantiza un estado laico).

Exposición Mujeres ocultas, suspendida temporalmente

La censura hace parte de las obras que censura, al conjunto de piezas que componen la exposición Mujeres ocultas de la artista María Eugenia Trujillo, se suman dos nuevas obras. Gracias a la contingencia de la censura, un par de piezas se añade a la composición general de esta muestra programada para ser expuesta en el Museo Santa Clara de Bogotá (un antiguo espacio de culto desacralizado en 1968 y luego consagrado al estudio e interpretación de los símbolos religiosos y su lectura como signos bajo la libertad que garantiza un estado laico).

Esta son las fichas técnicas de las nuevas dos piezas que se incorporan a Mujeres ocultas:

Obra #1

Título: Acción de tutela

Autor: Manuel León (Colectivo Grupo Voto Católico y/o Ejercito del Santo Rosario)

Técnica: Persona

Obra#2

Título: Medida Cautelar

Autor: Tribunal Administrativo de Cundinamarca

Técnica: Institución

La Obra #1 forma parte de las más de 40 tutelas que han interpuesto los miembros del Grupo Voto Católico, del que forma parte William Andrés Mora Murcia, para impedir que tenga lugar la exposición de Trujillo en el Museo Santa Clara. Ellos consideran que la muestra “irrespeta y ridiculiza sus creencias y las de su comunidad católica”. La obra #2 es la resolución legal que impide la exposición y ordena: “Suspéndase la acción titulada “Mujeres Ocultas” prevista a partir del 28 de agosto al 28 de septiembre de 2014, en el Museo Santa Clara de esta ciudad. Hasta tanto este tribunal profiera un fallo definitivo al respecto.”

William Andrés y el Tribunal ahora, quiéranlo o no, forman parte de Mujeres ocultas. La muestra pasa de ser una exposición individual a ser una muestra colectiva y del espacio del museo al teatro de los medios. No hay que censurar la censura, la ficción de todo Jesús necesita de un ritual de crucificción. En la parodía del arte los censuradores, con su acto punitivo, le garantizan a la obra una pronta resurrección. Amén a esto, hagamos una suma visual de ambas piezas a la obra de arte total de la que ahora forman parte por toda la eternidad:

mujeres cultas

retirada

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Recordar es vivir:

En Colombia todo nos llega tarde, incluso este voluntarioso acto de censura contra la candidez de la exposición Mujeres cultas. Hace unos años se hizo en Bogotá la exposición León Ferrari en el Museo de Arte del Banco de la República y no pasó nada. Algunas obras de esa exposición retrospectiva habían generado reacciones parecidas a las del Grupo Voto Católico en su versión gaucha. A finales del año 2004, en Buenos Aires, la Asociación Cristo Sacerdote instauró una acción legal contra la exposición de Ferrari que tenía lugar en el Centro Cultural La Recoleta (una institución que recibía fondos estatales). El Arzobismo de ese entonces, un tal Jorge Bergoglio (hoy Papa Francisco), no solo incitó a sus fieles a protestar ante la muestra sino que fue él mismo quien hizo el peregrinaje hasta el banco para depositar en efectivo los 170.000 pesos (más de 30.000 dólares) que costó la caución que le permitío a la Asociación Cristo Sacerdote judicializar la exposición para cerrarla. El veredicto fue apelado, un juez de una instancia superior, Horacio Corti, emitió un fallo, dejo sin efecto la sentencia y profirió un nuevo dictamen favorable a la exposición. La retrospectiva fue reabierta el 4 de enero de 2005 y luego de la cuarta amenaza de bomba, y por común acuerdo entre Ferrari y el Centro Cultural, fue cerrada a final de mes, cuatro semanas antes de lo previsto. Si el Tribunal Administrativo de Cundinamarca quiere hacer bien la tarea que tiene entre manos, debería leer con cuidado el antecedente del Caso Ferrari y releer con dedicación la sentencia completa que emitió su par argentino. Un aparte de lo que dijo el Juez Corti en su texto:

“Mientras que la decisión de las autoridades administrativas de la Ciudad que ejecutan la política cultural porteña muestra el arraigo de las convicciones democráticas, la necesidad de proteger el arte crítico y la realidad concreta de la tolerancia (no como valor ideal sino como práctica de gobierno), la orden judicial de censurar la exposición nos retrotrae a un pasado que es nuestra obligación, tanto como ciudadanos como funcionarios del Estado, impedir que vuelva a ocurrir. […] El arte es también crítica de las ideas arraigadas, de las creencias (mayoritarias o minoritarias) y, en otro nivel, de las situaciones políticas y sociales. […] Desde el punto de vista del orden jurídico, la libertad de expresión artística debe considerar esta situación y proteger al arte crítico y si es crítico no puede obviarse que es molesto, irritante o provocador. Es en el respeto de la libertad de esa forma de arte cuando una sociedad democrática prueba qué valor le otorga a la libertad de expresión artística. Allí se verifica la genuina tolerancia, que lleva a soportar la existencia de una obra artística que molesta, que irrita, que perturba o que desagrada.”

portada

PD: A nivel local, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca también puede consultar la siguiente sentencia de la Corte Constitucional, de 1996:

http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/1996/t-104-96.htm

Dos apartes:

«LIBERTAD DE EXPRESION ARTISTICA-Fundamental

La libertad de expresión artística es un derecho fundamental de aplicación inmediata, susceptible de ser amparado mediante la acción de tutela. Y es razonable que así sea, pues la expresión artística constituye el medio por excelencia para la realización del potencial creador de todo ser humano, resultando así corolario obligado del libre desarrollo de la personalidad. Por esta vía se hace efectivo el deber impuesto al Estado, de promover y fomentar la creación de la identidad nacional a través de la cultura.»

«CENSURA DEL ARTE-Prohibición

En un Estado como el que define la Constitución, en el que las personas son moralmente autónomas, a nadie puede impedírsele difundir o tener acceso a las obras que quiera, so pretexto de su contenido inmoral o antiestético.  El hacerlo, entrañaría un acto de censura, proscrito de nuestro ordenamiento constitucional y violatorio del derecho a la difusión de la expresión artística.  La censura consiste, precisamente, en prohibir o recortar la difusión de cualquier idea por la sola razón de ser contraria a una ideología determinada, incluso si dicha ideología es la acogida por la mayoría de habitantes de una región o de todo el territorio colombiano.»

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ACLARACIÓN

Mario Manuel León, la persona que «presentó las tutelas ante el Tribunal de Cundinamarca», en un correo envía una serie de aclaraciones en relación a la naturaleza de los accionantes de las tutelas:

«1. Los accionantes de las tutelas no forman parte del grupo Voto Católico.
2. La iniciativa de acción de tutela nació de cada uno de los accionantes.
3. Yo fui la persona que redactó y presentó las tutelas ante el Tribunal de Cundinamarca por solicitud expresa de los accionantes.
4.Hago una salvedad, aun no soy abogado, soy estudiante de segundo semestre de derecho de la Universidad Republicana de la ciudad de Bogotá.
5. No fueron 20 sino 75 las tutelas radicadas.»