El Paquidermo Contra La Mantaraya: Una Fábula Sobre La Libertad De Expresión En Colombia

Desde que Liliana Angulo cuestionó el contenido del artículo, con tono acre y mirada metálica, supimos que las cosas iban a complicarse. Cuando recibió la revista, la ojeó con avidez y pronto se encontró con un subtítulo en negrilla que dice: “Hablando con Jorge Jaramillo”. Él es su jefe y esa tarde estaba presente, también ojeando la revista y sumergido en un silencio conventual. En una inflexión efervescente, Liliana reclamó por el lenguaje empleado en ese artículo. Con un disgusto apenas disimulado, interrogó también por el contenido: ¿Cómo era posible que la entrevista con su jefe, Jorge Jaramillo -quien seguía al lado apretando los labios- hubiera comenzado con una pregunta que indagaba sobre supuestos “chanchullos” en la Fundación? A duras penas lograba atenazar su cólera. Se le respondió con monosílabos, con silencios que acaso reclamaban por la intromisión. El encuentro terminó más pronto que tarde, con una despedida tan cordial como tensa…

«Os exhorto, por la sangre de Cristo, a que admitáis la eventualidad de que pudierais estar equivocados» – Anónimo (citado por S. Haffner en Memorias de un Alemán).

“Los derechos y las libertades o se usan o se pierden”. –Carl Sagan.

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Desde que Liliana Angulo cuestionó el contenido del artículo, con tono acre y mirada metálica, supimos que las cosas iban a complicarse. Cuando recibió la revista, la ojeó con avidez y pronto se encontró con un subtítulo en negrilla que dice: “Hablando con Jorge Jaramillo”. Él es su jefe y esa tarde estaba presente, también ojeando la revista y sumergido en un silencio conventual. En una inflexión efervescente, Liliana reclamó por el lenguaje empleado en ese artículo. Con un disgusto apenas disimulado, interrogó también por el contenido: ¿Cómo era posible que la entrevista con su jefe, Jorge Jaramillo -quien seguía al lado apretando los labios- hubiera comenzado con una pregunta que indagaba sobre supuestos “chanchullos” en la Fundación? A duras penas lograba atenazar su cólera. Se le respondió con monosílabos, con silencios que acaso reclamaban por la intromisión. El encuentro terminó más pronto que tarde, con una despedida tan cordial como tensa.

Para leer apartes de la entrevista con Jorge Jaramillo, pulse aquí

Pocos días después, el 27 de junio y por teléfono, se nos ordenó detener la distribución de nuestra revista. Nos citaron también a una reunión “de carácter urgente” con Jorge Jaramillo, para el día 30 de junio a las 5 de la tarde. Al conocer la orden, Edith, nuestra directora y la periodista del grupo, contrajo la frente y endureció la mirada. Le consultó a algunos abogados y les repetía: “Nos prohibieron distribuir la revista”, como buscando en ellos alguna señal del estupor que ella sentía. Pero nadie parecía perturbado. “Hay que ver…  Hay que ver por qué tomaron esa medida y qué es lo que quieren”, le respondían. Flotaba en el ambiente de la revista un aire de malos tiempos por venir.

La reunión “de carácter urgente” comenzó puntualmente. “Vamos a dejar todo por escrito”, dijo Jorge Jaramillo lacónicamente. Katia González, la funcionaria encargada de formación, asumió la tarea de leer el oficio que nos tenían preparado. Estaba fechado el 25 de junio. Flotando como cadáveres, en medio de ocho consideraciones y 22 sugerencias, se imponían dos órdenes directas. Primera: teníamos que quitarle la primera hoja a todas las revistas e introducirles una fe de erratas; esto, porque había “omisiones” e “inexactitudes” en ella (ver “Detalles de la controversia”). Segunda: de aquí en adelante seríamos obligados a presentar el machote impreso de la revista para que fuera sometido a la revisión y aprobación del gerente de artes plásticas y visuales; sólo hasta que él estampara su firma podríamos publicar. Para resolver el problemita de los ejemplares que habían sido distribuidos antes de la orden, nos propusieron una fórmula simple y práctica: recogerlos. Tal cual. Simplemente recogerlos, arrancarles la primera hoja, meter la fe de erratas y devolvérselos a sus dueños. Todo fue dicho y escrito en unos términos tan técnicos, tan oficiales, tan gerenciales, que a primera vista parecía ser un procedimiento aséptico, dictado por el más puro espíritu de perfeccionismo.

Lo único que no parecía encajar del todo en la aparente higiene ideológica del oficio, era el último párrafo. En éste, Jorge Jaramillo decía: “De otra parte quiero manifestar que considero irrespetuosa, ofensiva y poco profesional la manera en que he sido presentado en la revista y el manejo que se le dio a las respuestas dadas por los entrevistados.”

Quedamos desconcertados inicialmente. “¿Cómo pueden someternos a la aprobación del contenido de la revista antes de publicar?”, dijo Alfredo, el poeta y administrador público del grupo. “¿Qué sentido tiene que nos pidan una fe de erratas, si al mismo tiempo tenemos que arrancar la hoja?”, dijo Farley, el artista plástico del grupo. “¿Por qué cambian las reglas del juego a mitad del proceso?”, preguntó Carolina, la abogada en formación del equipo. “Quieren arrodillarlos. Se están desquitando por el artículo de los chanchullos”, dijo un abogado que conoció el caso de pasada. Mientras tanto, Edith repetía: “¿Y con qué cara vamos a ir a reclamarle a la gente que nos devuelva las revistas para arrancarles una hoja?… A mí eso me parece humillante…”

Fueron días y días de leer y releer. De analizar. De consultar leyes y jurisprudencias. De profundizar en detalles, adelantar hipótesis y proyectar escenarios.

Al final, nos instalamos en una conjetura que nos pareció suficientemente consistente: las medidas tomadas no eran más que un acto de hostigamiento y nuestra revista, claramente, estaba siendo objeto de censura. El artículo que interrogaba por la transparencia de la gestión de Jorge Jaramillo les había caído como una patada en el hígado; nunca imaginaron que una publicación nacida de la entraña de una de sus convocatorias se atrevería a presentarle a los lectores situaciones que ameritan respuestas por parte de la Fundación. Querían mostrarnos “quién manda” en esta joda. Sentimos que querían intimidarnos, asegurar el control sobre nuestras ideas y ponernos al borde de un pequeño escarnio público. Si los lectores veían hojas arrancadas, fes de erratas y todo eso, inmediatamente quedaría en entredicho la seriedad y calidad de la revista. Y, por supuesto, también la pulcritud de su contenido.

Después de varias tardes azarosas, definimos por fin una acción a seguir. Era algo audaz y poco usual, pero valía la pena intentarlo. Fue así como elaboramos un concienzudo derecho de petición solicitando la revocatoria de todas las medidas que pensaban aplicarnos. En realidad, lo que buscábamos era llevar a la FGAA a un terreno que siempre es fértil, cuando hay buena voluntad: la conciliación. Por eso elaboramos el documento limitando al máximo el uso de adjetivos y conjugando todos los verbos en condicional. Evitamos hacer aseveraciones categóricas. Todo lo planteamos en el terreno de lo posible, nunca de lo evidente. Sustentamos nuestros planteamientos en normas específicas; las citamos todas, las administrativas, las constitucionales, las del decoro. Queríamos que la FGAA ponderara los hechos desde el punto de vista legal y reconsiderara su posición, restituyendo nuestros derechos y dejándonos en paz. Entregamos el documento el 9 de julio y cruzamos los dedos para que la táctica diera resultados.

Como no hay deuda que no se pague, ni plazo que no se cumpla, el 9 de agosto, después de una prórroga de cinco días hábiles en la fecha límite, por fin comenzaron a llegar laS respuestaS. Así: en plural. En total nos llegaron siete respuestas, seis por e-mail entre el 9 y el 11 de agosto y una por correo físico, también el 11. Por pura curiosidad comparamos alguno de los archivos que llegaron por vía electrónica con el que llegó en físico y, vaya pues, no coincidían del todo: la redacción de algunas frases era diferente y habían suprimido párrafos.

Todas las misivas venían firmadas por Ana María Alzate, no por Jorge Jaramillo. En un Castellano estrecho, básicamente nos dijeron que desatendían nuestra petición central. Mantuvieron la prohibición de distribuir la revista y negaron que estuvieran incumpliendo alguna norma o vulnerando nuestros derechos fundamentales. No explicaron el por qué. Suponemos, por eso, que ellos manejan la rancia pedagogía de “esto es así porque yo lo digo”.

La respuesta de ocho páginas contenía también un rosario pintoresco de curiosidades. De un plumazo, la señora Ana María Alzate desconoce que alguna vez nos hayan solicitado revisión o aprobación del contenido de la revista. Así, sin más, como quien se quita una mota del abrigo. Como si no hubiera quedado impresa esa exigencia, en letra clara y folios membreteados, en el oficio que nos entregó Jorge Jaramillo el 25 de junio. “Siempre es que a uno lo creen pendejo”, decía riéndose un amigo nuestro. También acomodan el texto de algunas normas constitucionales e interpretan de manera exótica los conceptos de libertad de expresión, libertad de información y libertad de prensa.


La respuesta está escrita en el más estricto desorden. “Si no puedes convencerlos, confúndelos”, dijo una amiga con la que compartimos el mensaje.

En nuestra petición habíamos solicitado acceso a los documentos de revisión y aprobación de los proyectos ganadores en años pasados. Nos entregaron un cartapacio de e-mails intercambiados entre la Revista Asterisco  (proyecto ganador en 2008) y la FGAA. Lo que no nos mostraron fue algún machote impreso, revisado y con la firma de Jorge Jaramillo autorizándolos a publicar. Vimos claramente que los compañeros de “Asterisco” no incluyeron en su revista la mitad de las declaraciones y salvedades que nos exigen a nosotros, pero no encontramos ninguna fe de erratas por esas omisiones(1). Blanco es.

Total. Una vez recibimos las respuestas, dimos por válida la última de ellas, para efectos de no enloquecer. Ahora, nuevamente nos hemos sumergido en el análisis legal y conceptual de todo este caso. Con decisión, nos adentramos en un laberinto de leyes. Cuando accedimos en pleno al mundo de las sentencias de la Corte Constitucional pareció como si hubiésemos encontrado una piñata, a la que sacudimos y nos regaló una lluvia de dulces de colores. En el marco de los análisis de la Corte, de toda la jurisprudencia que de ella emana, el mundo vuelve a tener sentido; las libertades de pensamiento, conciencia, expresión, información y prensa ocupan el lugar que se merecen. Efectivamente, nadie, y menos una autoridad administrativa, puede prohibir la circulación de una publicación, a menos que medie una orden judicial (Sentencia T-213/04, entre otras. Googleenla y verán). Efectivamente, no sólo la Constitución sino todos los tratados internacionales que Colombia ha suscrito para la protección de los derechos fundamentales, prohíben tajantemente la imposición de controles previos a una publicación (Sentencia C-650/03, entre otras). Efectivamente, a muchos de estos actos los cataloga la ley como censura, en tanto la Revista MantaRaya no es un impreso de la FGAA, sino una publicación autónoma, editada por nosotros, que somos una unión temporal de carácter privado. Y mejor no adentrarnos en los otros siete derechos fundamentales que, en nuestro criterio y en concordancia con lo expresado por la Corte Constitucional, nos han sido vulnerados. Sería tedioso hacerlo.

Lo único que hemos lamentado es la ignorancia. En realidad, antes de esta situación, no conocíamos nuestros derechos a plenitud. Es evidente que tampoco los conocen una buena parte de nuestros colegas escritores, artistas, periodistas e incluso abogados. Nos han inculcado una forma impúber de ejercer nuestra ciudadanía. Todos esos Jorges, todas esas Ana Marías habitan y engordan en nuestro inconsciente, gritando en el silencio de nuestros miedos: “No tentarás al señor tu Dios”. Precisamente para paliar esa eterna inequidad del mundo, se hicieron los Estados de Derecho, en donde el poder no es un feudo administrado por los dioses de turno, sino el resultado de un pacto que hemos consagrado como sociedad y que se llama LEY.

Por eso, acudimos a los tribunales y serán ellos quienes determinen si la principal entidad de cultura del distrito, la encargada de promover las artes, las letras y el pensamiento en la ciudad más importante de nuestro país, ha violado libertades fundamentales. Será la justicia quien diga si se cometió o no un liberticidio en las mismas huestes de quienes han sido encomendados para fortalecer los cimientos de nuestra cultura. ¿Qué cultura de pacotilla puede ser la que no se asienta, primerísimamente, sobre los valores democráticos?  Los jueces decidirán y confiamos en que cumplan a cabalidad con su deber.

En primera instancia, el juez 20 penal municipal de Bogotá declaró improcedente nuestra acción de tutela por considerar que todo se reduce a un conflicto contractual y, por lo tanto, debe ser tramitado ante la justicia contencioso administrativa; un argumento similar esgrimió la FGGA en su alegato ante ese juzgado. En nuestra opinión, en cambio, este caso toca la médula de varios derechos fundamentales; por eso impugnamos el fallo del juez y ahora esperamos un nuevo fallo, en segunda instancia. Sea cual sea la decisión, también nos gustaría que la Corte Constitucional elija nuestra tutela para hacer una revisión final: visto está que los derechos de expresión, información y prensa aún no son comprendidos plenamente por gran parte de la sociedad.

Mientras tanto, tenemos a medio hacer los números dos y tres de la revista. Estamos angustiados y trabajando al máximo de nuestras capacidades para cumplir con la fecha límite que nos impone la convocatoria que ganamos. Rumores de buena fuente nos aseguran que somos comidilla en la FGAA y que no nos bajan de “desocupados” y “grandísimos”… En la óptica de muchos aparecemos como unos insignificantes aletosos que ya obtendrán su merecido. Eso esperamos precisamente, obtener lo que nos merecemos.

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Edith Sánchez
Adriana Carolina Martínez
Óscar Farley Sánchez
José Alfredo Sánchez

Comité Editorial de Revista MantaRaya (2)

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Especial para Esfera Pública


(1) La declaración “Revista editada por la Unión Temporal o el Consorcio” tal, no aparece en la Revista Asterisco. Tampoco la salvedad: “Los contenidos y opiniones expresadas en la publicación son responsabilidad de los editores y/o autores”. A la Revista MantaRaya se le exige elaborar fe de erratas por omitir esas aseveraciones. De igual manera, el manual de imagen de la Alcaldía establece que el tamaño de los logotipos debe ser de un 7% con respecto al tamaño de la página; la revista Asterisco no cumple con esa indicación, sin embargo, no le pidieron rectificaciones, fe de erratas, o algo similar, por esa razón.

(2) La Revista MantaRaya es el proyecto ganador de la Convocatoria “Publicación periódica sobre Artes Plásticas y Visuales, 2009”, de la FGAA.

8 comentarios

La democracia parte del hecho de la libertad de expresión.
Voltaire dijo…
«Detesto lo que escribes, pero daria mi vida para que puedieras seguir escribiendolo. Gran hombre que acuño esta frase. Hombre pequeño quien la niega.

Durante la lectura de tu artículo-denuncia, intenté acceder a los apartes de la entrevista y sobre la controversia pero me fue imposible verlas. Leído o no el eje del conflicto, es evidente la transgresión de todos los derechos hacia un medio de comunicación. Lo que tanto se critica, lo que cada día es el grito en las calles, los que manejan algunos hilos de la cultura pretenden darle oídos sordos. ¿Qué pretenden entonces, otorgar premios a aquellos que hablen bien de la fundación? Así se empieza a configurar la corrupción de la que todos somos víctimas, con favorecimientos por buen amigo. Esa actitud sospechosa de FGAA devela la necesidad de ocultar algo turbio. Con esas acciones están otorgándole a la publicación contra la que luchan, toda veracidad. Como en las pequeñas causas, los corruptos logran evitarlos enterrándolos bajo montañas de pliegos. Espero en esta una conclusión distinta. estaré atento. Gracias por la información.

La libertad de prensa es un derecho que nos constituye como sociedad democrática. Si el tema aquí a tratar es la censura, jamás estaré de acuerdo con callar las voces que deseen hablar a favor o en contra, siempre y cuando esas voces tengan argumentos de peso razonables y valederos.

Ahora bien, leyendo sólo la versión de una de las partes del conflicto (revista Mantaraya), considero que el asunto se agigantó sin necesidad. Con respeto y no sabiendo mucho de todo el acontecer, opino que si cada una de las partes, desde un principio, desde la intención de las preguntas (sin suspicacias) y las respuestas dadas por ellos (sin tapujos), se hubiera podido dialogar el asunto sin herir susceptibilidades de ninguna parte. Percibo que sólo hay heridas de «dignidad». La Gilberto Alzate está ofendida por insinuarles que sus acciones tienen «chanchullos» y la revista Mantaraya está ofendida por negárseles su derecho de expresión. Ambas partes tienen derecho y razón de sentirse ofendidas y abogar por su imagen y trabajo. Censurar la libertad de prensa, no fue una salida inteligente por parte del Álzate Avendaño, eso es claro e inaudito. Ahora, que la revista Mataraya ponga en tela de juicio la transparencia del trabajo de la Gilberto Alzate siendo la misma revista un proyecto ganador «sin chanchullo» y sin pruebas más contundentes, tampoco fue la manera más inteligente de manejar las circunstancias.

Reitero, estoy en contra de la censura. Pero tampoco estoy de lado de ninguna de las partes. De la misma manera en que todos tenemos derecho a la libertad de expresión, también tenemos derecho a cuidar de nuestro buen nombre.

Me gusta el tono del texto de la revista Mantaraya. Más allá del problema en cuestión, hay que reconocer que la calidad literaria hace que su reclamo se lea casi como un artículo de la mencionada revista.

Ahora bien, en estos casos es fundamental escuchar a la contraparte. Creo que guardar silencio ante esta misiva de uno de los ganadores de las convocatorias no hace sino dejar en claro la incipiente capacidad de interlocución de la FGAA con la comunidad que representa.

Esta interlocución no tiene porqué quedar restringida a una de carácter jurídico. Seguramente Jorge Jaramillo tendrá cosas que decir y aclarar.

A menos, claro está, que los reclamos de Mantaraya sean irrefutables.

De acuerdo, la singularidad del texto refina el género ‘identitario’ en que vienen ejercitándose desde hace ya rato los artistas colombianos: el reclamo notarial. Cuyo fundador recalcitrante y legendario no es otro que el maestro Antonio Caro.

‘Tanto en los senderos andinos como en las periferias metropolitanas de Bogotá o en las selvas del Amazonas, la multiplicidad se organiza como tal, sin reducirse al espejo identitario del poder y del Estado.’

«¡Ah, las viejas preguntas, las viejas respuestas, no hay nada como ellas!»
Samuel Beckett

“Señores, no estén tan contentos con la derrota [de Hitler]. Porque aunque el mundo se haya puesto de pie y haya detenido al Bastardo, la Puta que lo parió está caliente de nuevo.”
Bertolt Brecht

Sería mejor que todos los artistas colombianos revisáramos nuestra historia…..tal parece parece que a nadie le importa…

LA FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO SE PERMITE INFORMAR:

El asunto presentado por la Unión Temporal Mantaraya ya fue objeto de análisis por parte de las instancias judiciales por iniciativa de este colectivo. Producto de este proceso el fallo del Juez Penal no acoge los argumentos expresados por la Unión Temporal Mantaraya y resuelve DENEGAR por improcedente, la acción de tutela promovida por los ciudadanos ZENAIDA EDITH, OSCAR FARLEY Y JOSÉ ALFREDO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, tras no vislumbrarse amenaza ni vulneración para ninguno de los derechos fundamentales, respecto a los cuales se demandó su amparo.

La gestión de la Fundación ha estado sujeta a la totalidad de principios de la función pública y ha propendido por la aplicación de los fines del Estado. La actuación de nuestros funcionarios se ha ajustado estrictamente a la ley, a las obligaciones establecidas en la convocatoria del concurso “Publicación Periódica sobre Artes Plásticas y Visuales 2009” y a los protocolos definidos por la administración distrital para la correcta ubicación de los logos y créditos institucionales.

El tema en discusión con la Unión Temporal Mantaraya se refiere única y exclusivamente a los equívocos contenidos en la página legal y portada de la revista Mantaraya que la presentan como una publicación institucional de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño. De igual manera la revista no especifica que es un proyecto ganador del Concurso “Publicación Periódica sobre Artes Plásticas y Visuales 2009”.

Este error se debió a que la revista fue impresa sin la revisión previa de la portada y página legal por parte de la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales, responsable de los proyectos del área. Lo único que tuvo aprobación fue la aplicación de los logos en la carátula —competencia de la Oficina de Prensa de la Alcaldía Mayor de Bogotá—tramitada por la Oficina de Prensa de la Fundación.

A pesar de la indicación emitida por el Jefe de Prensa de la Fundación a la representante legal de la Unión Temporal Mantaraya, de enviar el material a la Gerencia para revisión de logos y créditos institucionales, la única comunicación que recibió esa dependencia por parte de la Unión Temporal Mantaraya fue para informar que la revista ya estaba impresa y anunciar la entrega de los ejemplares a la que están obligados los ganadores de la convocatoria.

La Gerencia se percató de dichos equívocos después de recibir la revista. Ante este hecho se elaboró una comunicación dirigida a la representante legal de la Unión Temporal Mantaraya, señora Zenaida Edith Sánchez Rodríguez (el 25 de junio de 2010), solicitándole que retirara la primera hoja (portada y página legal) e insertara una fe de erratas para enmendar el error. Pensando en el lector se hicieron una serie de sugerencias con la intención de contribuir a la calidad de esta publicación “teniendo en cuenta que ya el jurado conformado por Eduardo Serrano, María Sol Barón y Pedro Pablo Gómez en el acta de selección del concurso Publicación Periódica sobre Artes Plásticas y Visuales de fecha 24 de julio de 2009 recomendó: ‘revisar críticamente el diseño y diagramación de la publicación, para que sea más acorde a los contenidos contemporáneos que propone’” (Respuesta al Derecho de Petición de la Unión Temporal Mantaraya, 5 de agosto de 2010).

Tanto en la comunicación enviada el 25 de junio de 2010 como en las respuestas a los requerimientos posteriores, la Fundación siempre ha manifestado: “La publicación, reiteramos, no debe aparecer como un producto institucional ya que sus editores, la Unión Temporal Mantaraya, son los responsables de la misma y por tanto debe anunciarse en la página legal como proyecto ganador del concurso Publicación Periódica sobre Artes Plásticas y Visuales 2009” (Respuesta al Derecho de Petición de la Unión Temporal Mantaraya, 5 de agosto de 2010).

Por lo tanto “para las futuras ediciones insistimos en la obligación de la Unión Temporal Mantaraya de enviar los PDF, en baja, de la carátula y la página legal para la revisión de la aplicación de logos y de los créditos institucionales por la Gerencia de Artes Plásticas y la Oficina de Prensa de la FGAA” (Respuesta al Derecho de Petición de la Unión Temporal Mantaraya, 5 de agosto de 2010).

Para subsanar el equívoco se le solicitó a la representante legal de la Unión Temporal Mantaraya, suspender temporalmente la distribución de la revista hasta cuando incluyeran la fe de erratas y se le planteó la posibilidad de realizar el lanzamiento de la revista Mantaraya -en la Sala Oriol Rangel- con el segundo número para no atrasar los cronogramas.

Sin recurrir a ninguna instancia de conciliación, como respuesta la Fundación recibió un derecho de petición (el 9 de julio de 2010) interpuesto por la Unión Temporal Mantaraya en el cual a partir de conjeturas acusaban a Jorge Jaramillo, Gerente de Artes Plásticas y Visuales, de violar varios de sus derechos fundamentales.

La Fundación Gilberto Alzate Avendaño en respuesta al derecho de petición rechazó “clara y enfáticamente sus señalamientos de una presunta censura encubierta, hostigamiento ó extralimitación de funciones por parte de los funcionarios de la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales o de la oficina de Prensa de nuestra institución en su relación con la Unión Temporal Mantarraya”. Se ratificó en sus solicitudes, aclaró nuevamente que los machotes a los que se hacía referencia eran sólo de la carátula, portada y página legal y, además, reconoció que era muy complicado recoger los ejemplares ya distribuidos, por lo tanto propuso incluir la fe de erratas solo en los ejemplares por distribuir.

Luego la Unión Temporal Mantaraya interpuso una acción de tutela. La decisión judicial emitida por el Juzgado Veinte Penal Municipal el 23 de septiembre de 2010 señala en su parte resolutoria:

EL JUZGADO VEINTE PENAL MUNICIPAL D.C., ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DEL PUEBLO Y POR MANDATO DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL.

RESUELVE:

PRIMERO: TUTELAR el Derecho fundamental de petición a los ciudadanos ZENAIDA EDITH OSCAR FARLEY Y JOSÉ ALFREDO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ.

SEGUNDO: ORDENAR a la señora ANA MARÍA ALZATE RONGA, Directora General de la FGAA y/o a quien haga sus veces, que a más tardar dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de este fallo, expida a costa de los accionantes, la totalidad de la documentación peticionada, esto es, copia de todos los documentos relacionados con el proceso de revisión y aprobación de créditos institucionales, diseño, contenido y machote con firma de aprobación de los anteriores ganadores de la convocatoria “Publicación Periódica sobre artes plásticas y visuales”.

TERCERO: DENEGAR por improcedente, la acción de tutela promovida por los ciudadanos ZENAIDA EDITH, OSCAR FARLEY Y JOSÉ ALFREDO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, tras no vislumbrarse amenaza ni vulneración para ninguno de los demás derechos fundamentales, respecto a los cuales se demandó su amparo.

CUARTO: ENVIAR la actuación a la Honorable Corte Constitucional para su eventual revisión, en el evento de no ser impugnado el fallo.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,

El Juez,

OMAR EDUARDO CARREÑO GARZÓN

Como lo ordenó el Juez, se entregaron a la Unión Temporal Mantaraya los diferentes machotes de la Revista Asterisco -ganadores del concurso Publicación Periódica sobre Artes Plásticas y Visuales en 2008- que evidencian el proceso de aprobación de créditos y logos institucionales con sus diferentes observaciones y la firma del Gerente aprobando el machote impreso final. Cabe resaltar que la Gerencia en ningún momento solicitó a los miembros de la Revista Asterisco ni a la Revista Mantaraya revisar el contenido de la publicación.

En la respuesta de la Fundación a los derechos de petición y tutela que interpusieron la Unión Temporal Mantaraya se explicita que:

“NO EXISTE CENSURA en un acto previo de trámite que busca estandarizar logotipos, formas editoriales, carátula y portada de una publicación auspiciada con recursos públicos.

Las observaciones planteadas por parte del personal de la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales de la Fundación, hacen referencia solo a la portada, página legal y créditos de la Unión Temporal Mantaraya como ganadores del concurso.

Estos comentarios, sugerencias y requerimientos corresponden al acompañamiento propio que debe efectuarse por parte de las Entidades Estatales al desarrollo de los proyectos apoyados. Lo que se aleja completamente de la realidad es la afirmación contenida en el cuarto de los hechos de la demanda, según la cual, existió un “cuestionamiento al contenido de la revista”. La comunicación fechada el 25 de junio de 2010, y suscrita por el Gerente de Artes Plásticas y Visuales de la Fundación, documento que forma parte del acápite de pruebas presentado por el accionante, hace referencia de manera exclusiva al tratamiento dado a la carátula y página legal de la Revista Mantaraya. Se les recomienda al final de la misiva tener en cuenta para futuras ediciones, “enviar los PDF en baja de la portada, y del contenido para aplicación de logos, revisión de página legal y calidad de criterios editoriales al Gerente de Artes Plásticas y Visuales…”. “Para la aprobación final se debe remitir a la Gerencia con un oficio el machote impreso de la revista, sobre este se dará la firma de aprobación”. Este último requerimiento se hace con el fin de definir el procedimiento a seguir para la apropiada revisión de los parámetros de uso de los logos institucionales. Sin embargo debido a que claramente la Unión Temporal Mantaraya malentiende y malinterpreta esta solicitud como una censura velada en su derecho de petición, la Directora de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño al darles respuesta, aclara que este machote solicitado será solamente el que presente la carátula, portada y página legal de manera que la Fundación nunca tenga contacto con los contenidos de la Revista y los derechos de sus editores y autores se vean salvaguardados frente a la supuesta censura” . (Respuesta de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño a la tutela interpuesta por los miembros de la Unión Temporal Mantaraya, 15 de septiembre de 2010).

La Fundación Gilberto Alzate Avendaño al crear, en 2008, el concurso Publicación Periódica sobre Artes Plásticas y Visuales propende por el ejercicio de la libertad de expresión al generar un espacio especializado de circulación para los agentes productores de discursos del arte en el campo de las artes plásticas. En ningún momento las acciones de los funcionarios de la Gerencia de Artes Plásticas y Visuales y de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño han buscado ir en contra de este espíritu.

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Bogotá, 9 de octubre de 2010.

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La discusión, sin duda, se torna interesante. El fallo del juez, obviamente, no es garantía de nada; en este país la impunidad es el pan de cada día. Veo una disputa entre David y Goliat. Y, en lo personal, le creo más al David –Revista MantaRaya– que al Goliat –FGAA–. Sin importar cuál sea el desenlace de esta controversia, lo que sí estoy seguro es que más de una persona lo va a pensar dos veces antes de intentar censurar a un medio de comunicación. Celebro que los ciudadanos ejerzamos nuestros derechos y que, sin importar el poder de otros, venzamos al miedo.